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Gestión de Ayudas a la Formación Continua


Beneficios
para el cliente
Desarrollo de Planes Formativos a medida de cada empresa
Bonificaciones por uso del crédito
Resolución de todos los trámites administrativos

¿Qué es la Formación Continua y Quién Puede Beneficiarse de Ella?
Acciones de formación cuya ejecución se planifica, organiza y gestiona por las empresas para sus trabajadores. Están reguladas en le Orden TAS 500/2004, de 13 de febrero (BOE 1 de marzo de 2004).

Las empresas disponen de un Crédito anual para Formación Continua, que podrá hacer efectivo mediante las bonificaciones en las Cuotas de la Seguridad Social. Esta iniciativa incluye los Permisos Individuales de Formación o autorización de la empresa para facilitar al trabajador la realización de Acciones formativas reconocidas por una titulación ofical.

VÍAS DE BONIFICACIÓN DEL CRÉDITO
Las acciones de formación se pueden realizar como:

  • Empresa bonificada
  • O bien a través de un Plan Agrupado de Empresas gestionado por una Entidad Organizadora

SGS a través de su servicio de Gestión de ayudas a la formación continua, enseña a las empresas a rentabilizar y reducir los costes de formación y los tiempos de aprendizaje, adaptando el diseño y la organización de las acciones formativas de su empresa a su crédito para la formación continua.

El objetivo final es diseñar y desarrollar el Plan de Formación más adecuado (y económicamente óptimo) para conseguir que la formación responda a las expectativas del personal, a las necesidades reales de la empresa y genere valor para nuestros clientes mejorando la calidad de los productos y servicios.

ACCIONES FORMATIVAS Y PLANES DE FORMACIÓN
A efectos de Formación Continua, se entiende por acción formativa el conjunto de conocimientos teóricos y/o prácticos sistematizados en unidades pedagógicas con contenidos y objetivos comunes a todos los participantes.

Tendrán una duración comprendida entre 10 horas como mínimo y 270 como máximo, aunque este último límite podrá superarse cuando la acción vaya encaminada a la obtención de algún título oficial.

Las jornadas de formación no podrán superar las 8 horas diarias.

El coste máximo bonificable depende de que las acciones formativas sean:

  • Presenciales.
  • A distancia.
  • Tele formación.
  • Mixta.

BENEFICIOS

  • Utilizar de forma ÓPTIMA un crédito ya disponible que si no se consume en acciones formativas se pierde de año en año.
  • RESOLUCIÓN de los trámites administrativos a través de la Aplicación de FTFE.
  • Elaboración de Planes Formativos “A MEDIDA” de las necesidades de cada empresa.
  • Asesoría en el uso del crédito maximizando la EFICACIA de la formación y su medición.
  • Impartición por FORMADORES PROPIOS de acciones formativas adecuadas a sus necesidades y al Plan Formativo.
  • BONIFICACIÓN en las cuotas de la Seguridad Social del crédito en formación tras la impartición de cada acción.

¿EN QUÉ PUEDE COLABORAR SGS?
SGS como Entidad Organizadora de Planes Agrupados realiza los trámites de gestión tanto para Agrupaciones de Empresas como para empresas individuales en dos aspectos principales:

  • Identificación de las necesidades formativas.
  • Gestión y coordinación de ayudas a la formación:
    • Cálculo del crédito de formación disponible.
    • Diseño del plan de formación según crédito asignado.
    • Justificación del plan de formación.

Para solicitar más información, haga clic aquí.

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